I-765, Solicitud de Autorización de Empleo Tipo de Alerta información
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AVISO: El 1 de abril de 2024 entraron en vigor las nuevas tarifas. Desde entonces, hemos notado un número significativo de Formularios i-765 presentados sin la tarifa correcta. Por favor, confirme que ha incluido la tarifa correcta antes de presentar su Formulario I-765. Visite nuestra página G-1055, Desglose de Tarifas para ver la lista completa de las tarifas de presentación del Formulario I-765. También, le recomendamos visitar nuestra página Preguntas Frecuentes sobre la Regla de Tarifas de USCIS. Cada solicitud, petición o solicitud de servicios debe ir acompañada de la(s) tarifa(s) correcta(s) a menos que usted esté exento de pagar la(s) tarifa(s) o sea elegible para una exención de tarifas. Rechazaremos su solicitud, petición o solicitud de servicio si la tarifa es incorrecta.
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AVISO: Nueva Regla Final Temporal Aumenta el Periodo de Extensión Automática para Ciertos Solicitantes
El 4 de abril de 2024, USCIS anunció una regla final temporal que aumentó el periodo de extensión de la autorización de empleo y los EAD de ciertos solicitantes de renovación de EAD de 180 días a 540 días.
La nueva entra en vigor el 8 de abril de 2024. La regla final temporal también aplica a los solicitantes de renovación de EAD elegibles para recibir una extensión automática que presentaron su Formulario I-765 de manera oportuna y apropiada en o después del 27 de octubre de 2023, si la solicitud aún está pendiente el 8 de abril de 2024. La regla final temporal también se aplica a los solicitantes de renovación de EAD elegibles para recibir una extensión automática que presentaron su Formulario I-765 de manera oportuna y apropiada en o después del 8 de abril de 2024 y en o antes del 30 de septiembre de 2025 (540 días luego de la publicación de esta regla final temporal en el Registro Federal.)
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La Regla Final Temporal de 2022 Anteriormente Aumentó el Periodo de Extensión Automática
El 4 de mayo de 2022, DHS publicó una regla final temporal titulada “Aumento Temporal del Periodo de Extensión Automática de la Autorización de Empleo y Documentación para Ciertos Solicitantes de Renovación” en el Registro Federal. La regla modificó temporalmente las regulaciones de DHS en 8 CFR 274a.13(d) al añadir un nuevo párrafo 8 CFR 274a.13(d)(5), que alargó el periodo de extensión automática establecido en esa sección desde un máximo a 180 días a un máximo de 540 días para dichas categorías descritas en la regla final temporal, tras la presentación oportuna y apropiada de una solicitud de renovación de EAD. Ese aumento estaba disponible para los solicitantes de renovación elegibles cuyas solicitudes de EAD estaban pendientes al 4 de mayo de 2022, incluidos aquellos solicitantes cuya autorización de empleo ya había caducado después del período de extensión inicial de 180 días, y para los solicitantes elegibles que presentaron una solicitud de renovación de EAD durante el período de 540 días que comenzó el 4 de mayo de 2022 o después y finalizó el 26 de octubre de 2023. Las extensiones automáticas de la autorización de empleo y la validez del EAD para las solicitudes de renovación de EAD realizadas a partir del 27 de octubre de 2023 volvieron al periodo original de hasta 180 días para aquellos solicitantes elegibles que presenten de manera oportuna y apropiada el Formulario I-765 para solicitud de renovación. Esa reversión no era retroactiva; todas las extensiones automáticas anteriores de hasta 540 días para las solicitudes de renovación de EAD presentadas antes del 27 de octubre de 2023 siguen vigentes. En el caso de las personas que recibieron una extensión automática aumentada bajo la primera regla final temporal, la extensión automática generalmente terminará cuando su solicitud sea aprobada o denegada, o al final del periodo de hasta 540 días, lo que ocurra primero.
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AVISO: Por favor, recuerde que las fotos enviadas a USCIS deben estar desmontadas y sin retocar. Sin retocar significa que las fotos no pueden haber sido editadas ni mejoradas digitalmente. Enviar imágenes montadas o retocadas podría demorar el procesamiento de su solicitud y podría hacer que USCIS le requiera ir a un Centro de Asistencia en Solicitudes para verificar su identidad.
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AVISO: Hemos actualizado la dirección de presentación para solicitar el reemplazo de un Documento de Autorización de Empleo (EAD) que contenga un error debido a una equivocación de USCIS. Por favor, sigas las instrucciones indicadas en la página web Direcciones para Presentación Directa del Formulario I-765 sobre los reemplazos de tarjetas debido a un error de USCIS.
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AVISO: Personas con Permisos de Permanencia Temporal (Parolees y Solicitantes de Asilo): Es probable que usted sea elegible para solicitar un Documento de Autorización de Empleo (EAD) para trabajar legalmente en Estados Unidos si:
Se le otorgó recientemente el permiso de permanencia temporal en Estados Unidos (“parole”) y dicho permiso sigue siendo válido; o
Solicitó asilo y dicha solicitud lleva pendiente al menos 150 días.
Si usted aún usted no ha comenzado el proceso de solicitud del EAD, puede comenzarlo aquí creando una cuenta de USCIS en línea y presentar el Formulario I-765 en línea. USCIS le enviará su EAD a la dirección que usted proporcionó en su solicitud si su solicitud es aprobada.
Algunos no ciudadanos que están en Estados Unidos pueden utilizar el Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, para solicitar una autorización de empleo y un Documento de Autorización de Empleo (EAD). Otros no ciudadanos cuyos estatus migratorios les autorizan a trabajar en Estados Unidos sin restricciones también pueden utilizar el Formulario I-765 para solicitar un EAD para demonstrar dicha autorización.
Después de que aprobemos el Formulario I-765, su tarjeta de EAD será producida dentro del plazo de 2 semanas. Le enviaremos su tarjeta EAD por correo a través del servicio Informed Delivery del Servicio Postal de Estados Unidos (USPS).
El plazo en el que reciba su tarjeta EAD puede variar, según los tiempos de entrega de USPS. Por favor, permita un total de 30 días a partir de la aprobación antes de enviar una consulta a USCIS. Lo exhortamos a usar la herramienta Estatus de Caso En Línea para encontrar su número de rastreo de USPS sobre la entrega de la tarjeta EAD. Si usted no ha recibido su tarjeta EAD dentro de este plazo, por favor, visite la página e-Request – Herramientas de Autoservicio para obtener instrucciones sobre cómo enviar una consulta.